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Licencia de primera ocupación de una vivienda en Málaga

Te dejamos preparada la ocupación de tu vivienda en Málaga para que puedas dar de alta la luz y el agua, escriturar o vender con el papel que toca. Revisamos tus documentos, te decimos qué trámite corresponde en tu municipio, coordinamos al técnico que firma el certificado y presentamos el expediente en la sede electrónica con tu representación. Tú nos mandas lo que tienes y nuestro equipo se encarga del resto.

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Qué nombre tiene el trámite en Málaga

En Andalucía la antigua licencia de primera ocupación es hoy, en la mayoría de los casos, una declaración responsable de ocupación o utilización. Así lo recoge el artículo 138 de la Ley 7/2021 de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA): se presenta declaración responsable para ocupar edificaciones con licencia o declaración de obras ya terminadas, y también para viviendas existentes en suelo urbano que no hayan tenido obras posteriores. La gente lo sigue buscando como «licencia», pero el papel que se presenta se llama de otra forma.

La ventaja es clara: la declaración responsable permite ocupar la vivienda desde el día en que se presenta con la documentación completa, sin esperar una resolución. El ayuntamiento conserva después sus facultades de comprobación. Hay casos que siguen necesitando licencia, sobre todo en suelo rústico, y cada ayuntamiento de la provincia tiene su sede y sus modelos. Por eso empezamos siempre comprobando dónde está la vivienda y qué ordenanza le aplica.

La ordenanza de Málaga capital, en vigor desde diciembre de 2025

Si tu vivienda está en el término municipal de Málaga, se aplica la nueva Ordenanza municipal de tramitación de licencias urbanísticas, declaraciones responsables y demás medios de intervención (OMLU). La aprobó el Pleno el 25 de septiembre de 2025, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 29 de diciembre de 2025 y entró en vigor el día 30. Sustituye a la ordenanza de 2019 y se adapta a la LISTA y a su Reglamento.

Su artículo 24 lo deja ordenado: van por declaración responsable la ocupación de edificios hechos con título habilitante, en cualquier clase de suelo, y la de edificaciones existentes en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística que no tengan título de ocupación, siempre que no tengan obras posteriores sin permiso o que esas obras sean de las que también van por declaración. La ordenanza distingue dos modelos: el de primera ocupación de obra nueva y el de ocupación de edificaciones existentes.

La ordenanza también abre la puerta a la colaboración con colegios profesionales y entidades urbanísticas certificadoras, que pueden emitir certificados como el de adecuación al título habilitante o el de cumplimiento urbanístico. Si tu técnico trabaja con una de esas entidades, lo incorporamos al expediente.

Vivienda antigua sin licencia de ocupación: suelo urbano o rústico

Muchas casas de Málaga se construyeron hace décadas y nunca tuvieron licencia de ocupación. Para una vivienda existente en suelo urbano no ATU, la ordenanza pide el formulario, la tasa, un certificado literal del Registro de la Propiedad (de la vivienda si es unifamiliar o de la finca matriz si está en un edificio) y un certificado técnico según el modelo municipal CDR2OCU-B, además de justificar que las instalaciones funcionan o aportar los contratos de suministro vigentes.

En suelo rústico o en suelo urbano sometido a actuaciones de transformación, la ocupación de una edificación existente sin título no va por declaración: requiere licencia urbanística. Y si la casa tuvo obras posteriores sin permiso, primero hay que legalizarlas. En los diseminados y las fincas del interior esto es frecuente, así que lo comprobamos al principio. Si la casa no se puede legalizar, puede interesarte el reconocimiento de asimilado a fuera de ordenación en Málaga.

Documentos que revisamos antes de pedir el certificado

Te pedimos la escritura o nota simple, la referencia catastral, la licencia o declaración responsable de obras si la hubo y cualquier papel de reformas o ampliaciones. Con eso detectamos lo que el técnico necesita saber antes de la visita: si la casa coincide con lo que se autorizó, si hay metros añadidos o si el uso que figura en el Catastro no es el residencial. Así la visita técnica va al grano y no se repite.

En Málaga capital, la ordenanza pide para obra nueva el certificado final de obra del director de obra y del director de ejecución, una fotografía de la edificación firmada por el promotor y el director de obra y, si las obras han tocado las acometidas, la justificación de la puesta en funcionamiento de las instalaciones. Si te faltan antecedentes de la vivienda, puedes encargarnos antes la recuperación de licencias y expediente urbanístico.

El técnico certifica lo que ve en la vivienda

El certificado lo firma un técnico competente, arquitecto o arquitecto técnico según el caso, después de visitar la casa. Nosotros lo buscamos, le pasamos la documentación ordenada y te enseñamos su presupuesto antes de que lo aceptes, para que sepas si incluye visita, planos y certificado. Para una vivienda existente sin título previo, la ley andaluza exige un certificado descriptivo y gráfico; para una obra nueva, el certificado final de obras.

Si el técnico encuentra algo que no encaja, como una ampliación sin permiso o un cambio de uso, te lo explicamos con calma y vemos el camino: legalizar primero, adaptar la obra o estudiar si procede otra vía, como el reconocimiento de asimilado a fuera de ordenación. Una declaración responsable no arregla una vivienda que no cumple; presentarla con datos inexactos puede llevar al cese de la ocupación, y eso es justo lo que queremos evitarte.

Otros ayuntamientos de la provincia: el ejemplo de Nerja

Fuera de la capital, cada ayuntamiento aplica la LISTA y su Reglamento con sus propios modelos. El Ayuntamiento de Nerja, por ejemplo, publica un impreso de declaración responsable de ocupación para edificaciones de nueva planta o ampliaciones terminadas conforme a la licencia, apoyado en el artículo 293.d del Reglamento.

Ese modelo pide, entre otros documentos, la copia de la licencia, la certificación de final de obra con planos y fotografías, un informe de la empresa municipal de aguas sobre las acometidas, el certificado de gestión de residuos, la acreditación del alta catastral con el modelo 900D, el justificante de la tasa y la liquidación final de la obra. En edificios plurifamiliares añade certificados de instalaciones y, si es obligatorio, la inspección del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.

Lo usamos como ejemplo de lo distinto que puede ser cada municipio: si tu vivienda está en Marbella, Vélez-Málaga, Mijas o Ronda, se aplican los modelos y la ordenanza de ese ayuntamiento. Comprobamos los del tuyo antes de pedir nada al técnico, para no encargar dos veces el mismo papel.

Presentación en la sede y seguimiento

La Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga recibe los trámites exclusivamente por la sede electrónica del Ayuntamiento. Preparamos el formulario normalizado, adjuntamos el certificado técnico y el justificante de la tasa, que en la capital se calcula según la Ordenanza Fiscal Municipal n.º 15, y lo presentamos con tu representación acreditada. Te entregamos el justificante de registro y copia de todo lo presentado.

Después la administración puede revisar la documentación y pedir que se complete. Si llega un requerimiento, lo contestamos contigo y con el técnico. Tienes más contexto en habitabilidad y segunda ocupación, en las licencias de obras en Málaga y en el directorio de trámites de fincas y parcelas en Málaga. No fijamos fechas de alta de suministros hasta conocer los requisitos de tu caso.

Para qué sirve después: suministros, escritura y venta

El artículo 142 de la LISTA obliga a las compañías de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones a pedir la licencia de ocupación o la declaración responsable presentada para contratar los servicios de forma definitiva; con licencia de obras solo se contrata de forma provisional. La ley da el mismo efecto a la resolución de asimilado a fuera de ordenación. Por eso la ocupación suele ser el último paso antes de mudarte o de alquilar con todos los papeles en regla.

También se pide al escriturar una obra nueva o al vender. Si estás preparando una compraventa o una herencia, puedes coordinarlo con la documentación de una finca heredada en Málaga, de modo que la notaría reciba el expediente completo.

Preguntas antes de contratar

¿Se puede hacer todo online?
La revisión de papeles, la preparación del expediente y la presentación en la sede electrónica, sí. El certificado técnico necesita que el profesional visite la vivienda; no se firma solo con fotos.

¿Sirve para convertir un local o un almacén en vivienda?
No directamente. Eso es un cambio de uso: en Málaga capital, en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación, sin aumentar el número de viviendas y sin obras de adaptación, puede ir por una única declaración responsable que abarque el cambio de uso y la ocupación; en suelo rústico requiere licencia. Lo revisamos antes de presentar nada.

¿Cuánto cuesta?
Nuestra gestión cuesta 179 € con IVA. Los honorarios del técnico y la tasa municipal van aparte y dependen del municipio y de la vivienda; te los enseñamos antes de empezar para que decidas con todos los números.

¿Es lo mismo licencia de primera ocupación que declaración responsable?
Cumplen la misma función: acreditar que la vivienda se puede usar como tal. En Andalucía la regla general hoy es la declaración responsable, y la licencia queda para supuestos concretos como la vivienda existente sin título en suelo rústico.

¿Puedo entrar a vivir el mismo día que se presenta?
La declaración responsable faculta para la actuación desde el día de su presentación si va con la documentación completa. El ayuntamiento puede comprobar después y requerir lo que falte.

Mi casa tiene más de treinta años y nunca tuvo licencia. ¿Hay solución?
Depende del tipo de suelo y de si hubo obras sin permiso. En suelo urbano suele bastar la declaración con certificado técnico; en suelo rústico hace falta licencia o, si no es legalizable, estudiar el asimilado a fuera de ordenación.

¿Vale el mismo trámite para Marbella que para Málaga capital?
La ley andaluza es la misma, pero cada ayuntamiento tiene su ordenanza, sus tasas y sus modelos. Preparamos el expediente con los del municipio donde está la vivienda.

¿Qué pasa si después la Gerencia encuentra un error?
Puede requerir que se complete la documentación. Si la declaración tuviera inexactitudes u omisiones esenciales, puede acordarse el cese de la ocupación, como advierten los propios modelos municipales; por eso revisamos todo antes de presentar.

Cuéntanos tu caso. Concretamos el siguiente paso.

Dinos el municipio de Málaga, si la vivienda es nueva o existente y para qué te piden el documento. Revisamos lo que tienes y te decimos qué trámite toca y quién tiene que firmar.

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Fuentes y alcance

Fuentes oficiales consultadas el 31 de octubre de 2026. El alcance concreto se determina según la documentación, la ubicación y el expediente.

Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga · Ordenanza de tramitación de licencias (OMLU) ↗

BOE · Ley 7/2021 de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía ↗

Junta de Andalucía · Reglamento General de la LISTA (Decreto 550/2022) ↗

Ayuntamiento de Nerja · Declaración responsable de ocupación o utilización (ejemplo municipal) ↗

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