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Terminas la casa, quieres darle de alta la luz y el agua o escriturarla, y te piden la primera ocupación. Nuestro equipo reúne contigo los papeles, coordina al técnico que firma el certificado final y deja el expediente listo para presentarlo en el ayuntamiento de tu municipio de la provincia de Alicante, con representación y seguimiento hasta tener el justificante en la mano.
Precio de nuestra gestión: 179 € con IVA. Técnico y tasa aparte. Ver todos los precios
Preparar la primera ocupación en Alicante ↗
Gestión documental online · Alcance y presupuesto antes de contratar.
Al pagar, te enviamos la factura proforma con los datos del responsable del trámite.
La buena noticia: en la Comunitat Valenciana la primera ocupación ya no se espera como una licencia clásica. El texto refundido de urbanismo valenciano incluye la primera ocupación de las edificaciones, concluida su construcción, entre las actuaciones sujetas a declaración responsable (artículo 233.1.f). Y el Decreto 12/2021 del Consell dice que esa declaración faculta para ocupar y usar la vivienda desde el día en que se presenta, sin perjuicio de que el ayuntamiento la compruebe después.
Mucha gente la sigue llamando «licencia de primera ocupación», y así la buscan en internet, pero el documento que se presenta en Alicante, Elche, Benidorm, Torrevieja, Orihuela o cualquier otro municipio de la provincia es la declaración responsable de primera ocupación. Se entrega en el ayuntamiento donde está la vivienda, con su modelo y su sede electrónica. Por eso, antes de nada, nos dices el municipio y te confirmamos qué formulario y qué anexos usa ese ayuntamiento.
El Decreto 12/2021 fija una documentación inicial que acompaña a la declaración: datos de quien declara, fotografías en color y con fecha de toda la edificación y de los viales que lindan con la parcela, certificado final de obra y de instalaciones firmado por la dirección facultativa, acta de recepción de la obra, certificado final de urbanización si se hizo a la vez y una manifestación de que la vivienda no tiene abierto ningún procedimiento de protección de la legalidad urbanística. Nosotros te pasamos esa lista adaptada a tu casa y vamos marcando lo que ya está.
Además, quien declara afirma que dispone de otros documentos que el ayuntamiento puede pedir en una inspección: certificado de protección contra incendios, aislamiento acústico cuando proceda, certificado de eficiencia energética, acreditación de que agua y luz están en disposición de contratarse, documentación de telecomunicaciones y certificado del destino de los residuos de la obra. Si te falta la licencia de obras o parte del expediente antiguo, empezamos por la recuperación de licencias y expediente urbanístico.
El certificado final de obra lo expide la dirección facultativa, es decir, el arquitecto o aparejador que dirigió la obra, y debe declarar que lo construido se ajusta al proyecto autorizado con sus modificaciones aprobadas. Nosotros coordinamos con ese técnico, o con otro competente si hace falta, para que el certificado y los anexos lleguen completos y a tiempo. Antes de aceptar sabrás qué incluye cada parte: técnico, tasas y nuestra gestión.
Un detalle práctico que conviene saber: según el decreto valenciano, el certificado de conformidad tiene una validez máxima de tres meses desde su firma, así que lo pedimos cuando el resto del expediente ya está montado. Si lo construido no coincide con la licencia, el técnico lo dirá, y entonces hay que valorar primero una modificación o una legalización; la declaración responsable no sirve para tapar diferencias con el proyecto.
En la capital, la declaración responsable de primera ocupación la lleva el Servicio de Urbanismo y se presenta con el modelo Z (35). La ficha municipal remite al artículo 18.2 de su Ordenanza de Licencias, que pide, entre otros, el certificado final de obra visado, al menos dos fotografías en color de cada aspecto de la obra terminada (fachadas, cubierta y urbanización) desde posiciones distintas y los planos de acometidas de agua, saneamiento, electricidad, telefonía y gas sellados por las compañías.
La misma lista añade el impreso de autoliquidación de la tasa, los certificados de aislamiento acústico, el certificado de eficiencia energética en obra nueva, las certificaciones del gestor de residuos y una declaración de la dirección facultativa sobre la suficiencia de los servicios urbanísticos. Por internet todo va en PDF, en archivos de hasta 100 MB. El ayuntamiento explica que la declaración tiene eficacia inmediata, pero que se deniega si incluye modificaciones de la licencia que afecten al proyecto; en ese caso ordena el cese de la ocupación y lo comunica al Registro de la Propiedad y a las suministradoras.
Por eso revisamos antes si hubo cambios durante la obra. Si los hubo, primero se tramita la licencia modificada y después la primera ocupación. En viviendas de protección pública, la ficha municipal indica que la calificación definitiva equivale a la declaración, aunque sigue haciendo falta para locales y garajes.
En la provincia hay muchas casas en suelo no urbanizable agrupadas en núcleos que se están regularizando mediante actuaciones de minimización del impacto territorial. Para esas viviendas, el artículo 228 del texto refundido valenciano prevé que, junto a la declaración responsable de primera ocupación, se acompañe en su caso un certificado del Registro de la Propiedad con la anotación de que la construcción está en zona forestal sin las medidas de prevención de incendios o en zona inundable.
Si tu casa está en uno de esos núcleos, lo vemos desde el principio y lo cruzamos con la minimización de impacto territorial en Alicante. Así la primera ocupación llega cuando la legalización ya está encaminada y no antes, que es cuando suelen aparecer los requerimientos.
El técnico comprueba que la vivienda cumple las condiciones de diseño y calidad que le corresponden. La Conselleria de Vivienda indica que, para licencias de obras posteriores al 7 de abril de 2010, se aplica la norma DC-09, y para licencias hasta el 6 de abril de 2010, la HD-91. Saber la fecha de la licencia nos ahorra pedir comprobaciones que no tocan.
El propio decreto también aclara a qué casos se aplica: viviendas de obra nueva, viviendas que salen de una reforma, ampliación o rehabilitación que altere su configuración y cambios de uso a vivienda de edificios existentes. Y deja fuera del efecto habilitante las declaraciones presentadas cuando el ayuntamiento ya ha abierto un expediente de protección de la legalidad urbanística pendiente de resolver.
La primera ocupación no es para siempre. El Decreto 12/2021 obliga a renovar la declaración pasados diez años desde la primera ocupación cuando se vende la vivienda por segunda vez o más, o cuando hay que firmar un contrato nuevo de agua, luz o gas; cambiar de compañía no cuenta como contrato nuevo. Para esa renovación se aporta el certificado de un técnico competente de que la vivienda sigue cumpliendo las condiciones del título anterior.
En la ciudad de Alicante esa renovación se hace con el modelo 39-H, y hay modelos distintos para viviendas con menos de diez años y para viviendas de protección pública. Si tu caso es este y no una casa recién terminada, lo explicamos en habitabilidad y segunda ocupación.
Presentamos la declaración en el registro del ayuntamiento con tu representación acreditada y te entregamos el justificante y una copia de todo lo que va dentro. Con la declaración completa, la vivienda queda habilitada para su uso desde la presentación, y ese justificante es el que suelen pedir las compañías de suministro. Las tasas las fija la ordenanza fiscal de cada municipio y se pagan aparte de nuestra gestión y de los honorarios del técnico.
El decreto prevé que el ayuntamiento examine la declaración y su documentación en diez días hábiles. Si falta algo, envía un requerimiento, que suspende los efectos hasta que se subsana; nosotros lo atendemos contigo y con el técnico. Más contexto en primera ocupación de una vivienda, licencias de obras en Alicante y trámites de fincas y parcelas en Alicante. No fijamos fechas de alta de suministros antes de ver el caso.
¿Se puede hacer todo online?
La parte documental y la presentación sí: el Ayuntamiento de Alicante, por ejemplo, admite la presentación por internet con certificado digital. Lo que no se hace a distancia es el trabajo del técnico, que tiene que conocer la obra para firmar el certificado final.
¿Sirve para un almacén o una casa de campo convertida en vivienda?
El Decreto 12/2021 incluye los cambios de uso a vivienda, pero solo cuando ese cambio es posible urbanísticamente y está autorizado. Si la construcción se levantó sin licencia o en suelo no urbanizable, primero se revisa su situación; no se fuerza esta vía.
¿Cuánto cuesta?
Nuestra gestión de la primera ocupación cuesta 179 € con IVA. El técnico y la tasa municipal van aparte y dependen del municipio y de la vivienda; te los detallamos por escrito antes de empezar.
¿Puedo vivir en la casa en cuanto se presenta?
Según el Decreto 12/2021, la declaración responsable faculta para ocupar la vivienda desde el día de su presentación, siempre que vaya completa y sea conforme con la licencia. Si el ayuntamiento requiere algo, los efectos se suspenden hasta que se subsana.
¿Me la pueden anular después?
Sí, si en la comprobación aparece una falsedad u omisión esencial, falta documentación o la vivienda no cumple. Por eso preferimos revisar a fondo antes de presentar que corregir después.
¿Qué pasa si hice cambios respecto al proyecto?
En Alicante ciudad la ficha municipal avisa de que, si hay modificaciones de la licencia que afecten al proyecto, primero hay que obtener la licencia modificada. Lo detectamos al revisar el certificado final con el técnico.
¿Sirve igual en Elche, Benidorm o Torrevieja?
La norma valenciana es la misma en toda la provincia, pero cada ayuntamiento tiene su modelo, su sede y su tasa, y el decreto permite que un municipio ejerza su propia regulación. Te confirmamos los de tu municipio antes de empezar.
¿Cuánto vale el certificado del técnico?
Lo presupuesta el propio técnico según la vivienda y el trabajo que haga falta. Te lo pasamos por escrito, separado de nuestra gestión y de la tasa municipal.
Dinos el municipio de la provincia de Alicante, si es obra nueva, reforma o cambio de uso, y para qué te piden el documento. Revisamos lo que tienes y te explicamos cómo dejar lista la declaración responsable.
Preparar la primera ocupación en Alicante
Fuentes oficiales consultadas el 31 de octubre de 2026. El alcance concreto se determina según la documentación, la ubicación y el expediente.
DOGV · Decreto 12/2021, declaración responsable de primera ocupación y sucesivas ↗
BOE · Texto refundido de urbanismo de la Comunitat Valenciana ↗
Ayuntamiento de Alicante · Declaración responsable de primera ocupación (modelo Z) ↗
Generalitat Valenciana · Habitabilidad, calidad y diseño de las viviendas ↗
620 00 11 66 · info@legalizatufinca.es
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