Inicio / Licencias de obras en fincas y parcelas urbanas / MURCIA · GESTIÓN DOCUMENTAL Y TRÁMITES
Si acabas de terminar tu casa en la Región de Murcia y necesitas la primera ocupación para contratar suministros, escriturar o vender, nos encargamos del papeleo. Ordenamos la documentación que pide tu ayuntamiento, coordinamos al técnico para el certificado final y presentamos la declaración responsable con tu representación, sin que tengas que pelearte con la sede electrónica.
Precio de nuestra gestión: 179 € con IVA. Técnico y tasa aparte. Ver todos los precios
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Lo que todo el mundo llama licencia de primera ocupación, la ley murciana lo resuelve con un trámite más ágil. La Ley 13/2015 de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia somete a declaración responsable la primera ocupación de edificaciones de nueva planta y las sucesivas ocupaciones de edificios existentes (artículo 264.2.f). No hay que esperar a que el ayuntamiento conceda una licencia para empezar a usar la vivienda.
La misma ley dice que la declaración responsable legitima para su objeto desde el día en que se presenta la totalidad de la documentación requerida en el registro del municipio (artículo 266.4). La clave, por tanto, es que el expediente vaya completo. Esa es justo la parte que hacemos nosotros, tanto si la vivienda está en Murcia capital como en Cartagena, Lorca, Molina de Segura o cualquier otro municipio de la Región, cada uno con su sede y sus modelos.
El artículo 264.4 de la ley regional fija el contenido mínimo: datos de quien declara, plano de situación de la actuación, documentos que acreditan que se cumplen los requisitos o el proyecto técnico con el nombre del técnico que lo firma, el compromiso de mantener ese cumplimiento y el justificante de haber pagado los tributos que correspondan. A partir de ahí, cada ayuntamiento concreta su lista en la ordenanza y en la ficha del trámite.
Nosotros te pedimos lo que ya tienes, normalmente la licencia de obras, el certificado final y la escritura o el título, y montamos el resto contigo. Si no encuentras la licencia o el expediente es antiguo, empezamos por la recuperación de licencias y expediente urbanístico para no presentar nada a medias.
El certificado final de obras lo firma la dirección facultativa, el arquitecto o aparejador que dirigió la obra, y es la pieza central del expediente. Coordinamos con ese técnico, o con otro competente si el original ya no está disponible, para que el certificado, el de incendios y los demás anexos técnicos lleguen completos. Antes de aceptar sabrás qué parte es técnico, qué parte es tasa y qué parte es nuestra gestión.
Si durante la obra se cambió algo respecto a la licencia, el técnico lo verá al certificar. En ese caso puede hacer falta antes una modificación de licencia o una legalización; en Murcia capital, de hecho, las legalizaciones tienen su propio supuesto y piden la copia de la licencia de legalización. La declaración responsable no arregla una obra que no se ajusta a lo autorizado, y preferimos decírtelo al principio.
En el municipio de Murcia el trámite se llama «Declaración responsable de primera y sucesivas ocupaciones de edificaciones» y tiene el código 262 en la sede electrónica. Lo tramita el Servicio Administrativo de Disciplina Urbanística y lo resuelve la Subdirección de Intervención Urbanística. Se puede presentar por la sede, de forma presencial en la atención al público del servicio, en la avenida Abenarabi 1/A, o en las oficinas municipales de información y registro.
La ficha municipal reparte la documentación por casos. Para una vivienda unifamiliar de autopromoción con licencia anterior al 17 de octubre de 2006 pide el certificado final de obras o la copia de la licencia, la copia de la tira de cuerdas, el plano de situación a escala 1:2000 y el certificado de incendios. Si la licencia es posterior a esa fecha, añade el Libro del Edificio con su carpeta de uso, mantenimiento y emergencia, la conformidad de la Comunidad Autónoma sobre los registros de calidad y la ficha de la instalación solar térmica.
Para viviendas plurifamiliares o unifamiliares que no son de autopromoción se piden documentos parecidos y, con más de dos viviendas, el certificado de la Jefatura Provincial de Telecomunicaciones. Y en todos los casos se aportan el alta catastral, el informe de EMUASA, el certificado de Iberdrola, la carta de pago de la tasa y el anexo de la declaración.
La tasa se paga antes de presentar, en la Oficina Virtual Tributaria de la Agencia Municipal Tributaria, eligiendo el servicio de Urbanismo y la tasa de declaración responsable. Para una primera ocupación, la ficha indica que se introduce el importe del ICIO pagado por la licencia de obras y sus modificaciones, sumando en su caso la ICT de la licencia de obras; para ocupaciones sucesivas, el tipo de vivienda y los metros construidos.
Por eso conviene tener a mano las cartas de pago del ICIO de la licencia: de ellas sale la cifra. Nosotros te ayudamos a localizarlas y preparamos el cálculo para que el justificante vaya junto a la declaración, que es lo que pide la ficha. No te adelantamos importes sin ver esos datos.
En Murcia capital el alta catastral de la vivienda forma parte de la documentación en todos los casos, así que no es algo que se pueda dejar para después. Si el catastro no refleja bien la casa o la parcela, lo vemos antes de presentar; en catastro y linderos en Murcia explicamos cómo se corrige.
Lo mismo pasa con el informe de EMUASA y con el certificado de Iberdrola: los pide la ficha y conviene solicitarlos con margen. Coordinamos esas peticiones para que todo llegue a la vez y la declaración se presente completa, que es lo que la ley exige para que surta efecto.
Si la vivienda ya tuvo su primera ocupación y lo que necesitas es una ocupación sucesiva, la ley murciana la incluye en el mismo régimen de declaración responsable. El Ayuntamiento de Murcia la reserva a edificaciones finalizadas hace más de diez años y pide una instancia específica, el DNI, el alta catastral y el plano de situación a escala 1:2000.
Si es tu caso, revisamos qué título tuvo la casa y qué ha cambiado desde entonces. Tienes más información en habitabilidad y segunda ocupación y en los trámites de fincas y parcelas en Murcia.
Presentamos la declaración en la sede o el registro del ayuntamiento con tu representación acreditada y te entregamos el justificante y copia de todo lo presentado. Ese justificante es el que se suele enseñar a las compañías de luz y agua. Las tasas municipales se pagan aparte de nuestra gestión y de los honorarios del técnico, según la ordenanza fiscal de cada municipio.
El ayuntamiento no se queda mirando: tiene quince días hábiles desde la declaración para indicar que hace falta otro título o para pedir más información, y en ese caso el plazo se interrumpe hasta que se responde (artículo 266.5). Si llega un requerimiento, lo resolvemos contigo y con el técnico. Más contexto en primera ocupación de una vivienda y en licencias de obras en Murcia. No damos fechas de alta de suministros sin ver antes el caso.
¿Se puede hacer todo a distancia?
Sí la parte de papeles y la presentación: el Ayuntamiento de Murcia, por ejemplo, admite el trámite por su sede electrónica las 24h con certificado electrónico. El técnico, en cambio, tiene que conocer la obra para firmar sus certificados.
¿Vale para una nave o un almacén que uso como vivienda?
No directamente. Si la construcción no se autorizó como vivienda, primero hay que ver si el cambio de uso o la legalización son posibles. La primera ocupación llega al final de ese camino, no al principio.
¿Cuánto cuesta?
Nuestra gestión de la primera ocupación son 179 € con IVA. El técnico y la tasa municipal se pagan aparte y dependen del municipio y de la vivienda; te lo damos todo por escrito antes de empezar.
¿Desde cuándo puedo usar la vivienda?
La Ley 13/2015 dice que la declaración responsable legitima desde que se presenta toda la documentación requerida en el registro municipal. Si falta algo, el ayuntamiento puede requerirlo en los quince días hábiles siguientes.
¿Es lo mismo en Cartagena o Lorca que en Murcia capital?
La ley regional es la misma, pero cada ayuntamiento tiene su ficha, sus modelos y su ordenanza fiscal. Te confirmamos los de tu municipio antes de empezar.
¿Qué pasa si el técnico que dirigió la obra ya no está?
Buscamos otro técnico competente que pueda revisar la obra y emitir lo que corresponda. Su presupuesto te lo pasamos por escrito y aparte de nuestra gestión.
¿Hace falta para una casa legalizada?
En Murcia capital las legalizaciones tienen su propio supuesto dentro del trámite: se aporta la copia de la licencia de legalización junto con el resto de documentos comunes.
¿El ayuntamiento puede revisar la casa después?
Sí. La ley obliga al ayuntamiento a inspeccionar que lo hecho se ajusta a la declaración y a la normativa urbanística, por eso cuidamos que todo lo declarado esté respaldado.
Dinos el municipio de la Región de Murcia, si la casa es de autopromoción o de promotora, la fecha de la licencia y para qué te piden el documento. Revisamos lo que tienes y te explicamos qué falta para presentar.
Preparar la primera ocupación en Murcia
Fuentes oficiales consultadas el 31 de octubre de 2026. El alcance concreto se determina según la documentación, la ubicación y el expediente.
Ayuntamiento de Murcia · Declaración responsable de primera y sucesivas ocupaciones ↗
BOE · Ley 13/2015 de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia ↗
Ayuntamiento de Murcia · Urbanismo: primera ocupación y sucesivas ↗
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