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He recibido un requerimiento del Catastro sobre mi finca: cómo responder

Un requerimiento de Catastro exige leer el documento completo antes de enviar una respuesta. Puede solicitar un título, un plano, datos de representación o aclaraciones sobre una declaración. Te ayudamos a ordenar lo que pide, localizar las pruebas y preparar una contestación relacionada con el expediente correcto.
Al pagar, te enviamos la factura proforma con los datos del responsable del trámite.

Responder un requerimiento o recurrir ante Catastro: 179 €, todo incluido.

Conserva la notificación completa y la fecha de recepción

Guarda todas las páginas, anexos y datos de acceso. Identifica organismo, número de expediente, referencias afectadas y destinatario. Anota cómo y cuándo se notificó: el momento de recibir un aviso por correo electrónico no debe confundirse sin revisión con la fecha de notificación que cuenta en el expediente.

El plazo se determina leyendo el acto y su régimen aplicable. No utilices un plazo genérico encontrado en internet ni des por hecho que se ha ampliado porque hayas llamado. Si está próximo a vencer, indica la fecha al pedir ayuda para valorar inmediatamente qué actuación cabe realizar.

Distingue qué tipo de documento has recibido

Un requerimiento para completar documentación, una propuesta sobre la que formular alegaciones y una resolución definitiva tienen finalidades diferentes. Busca qué se solicita, qué consecuencia se anuncia y qué vía ofrece el documento. Esa distinción evita responder con una declaración nueva cuando corresponde intervenir en un expediente abierto.

El asistente de Catastro ofrece accesos para contestar comunicaciones, incluidos supuestos mediante el CSV de la carta. Si ya hay resolución que deseas impugnar, revisa la guía para recurrir una resolución catastral.

Prepara una respuesta punto por punto

Haz una relación sencilla: documento solicitado, archivo que lo acredita y explicación necesaria. Si piden titularidad, interesa el título pertinente; si piden describir una construcción, una escritura antigua puede no responder a las superficies actuales. Explica expresamente cualquier documento que no tengas y la actuación realizada para obtenerlo.

Escanea los originales con calidad suficiente, conserva firmas y ordena los anexos. Un índice permite que quien tramite el expediente relacione cada petición con su prueba. No añadas datos de otras fincas ni documentos personales ajenos que no resulten pertinentes para responder.

Diferencia la preparación administrativa del trabajo técnico

La gestoría puede revisar la correspondencia entre solicitud y anexos y coordinar su presentación. Cuando el requerimiento exige medición, planos georreferenciados o un certificado profesional, ese documento debe prepararlo el técnico competente. El encargo debe decir quién lo obtiene y en qué plazo puede entregarlo.

Si se discute la propiedad o la interpretación de un título, puede ser necesaria revisión jurídica específica. Una respuesta administrativa no garantiza resolver ese conflicto. Informa desde el principio si hay oposición de un vecino, otro procedimiento abierto o documentos contradictorios.

Presenta y verifica que quede constancia

Se utiliza el canal señalado para el procedimiento, acreditando la representación cuando actuamos por ti. Antes de registrar, revisamos que el número de expediente y los archivos sean correctos. Después se conserva el justificante completo; un borrador guardado en la sede no equivale a una presentación terminada.

El seguimiento consiste en comprobar nuevas comunicaciones y la respuesta de la Administración dentro del alcance pactado. No puede prometerse un resultado favorable por aportar documentos. Nuestro servicio de gestión catastral puede atender expedientes del régimen común y valorar la vía propia si la finca pertenece a un catastro foral.

Preguntas frecuentes

¿Basta con enviar un correo a Catastro?
Hay que utilizar un canal válido para incorporar la respuesta al expediente. Un correo informativo o una llamada no equivalen necesariamente a la presentación registrada exigida por la notificación.

¿Podéis responder si no tengo todos los documentos?
Primero necesitamos revisar la carta y el plazo. Podemos identificar qué falta y valorar la respuesta posible, sin asegurar que la Administración acepte una justificación ni que conceda más tiempo.

¿Cómo se responde a una comunicación del Catastro?
En la Sede Electrónica del Catastro, con certificado digital o Cl@ve y la referencia de la carta, o presentando un escrito en cualquier registro oficial. Hay que hacerlo dentro del plazo que indica la notificación y adjuntar las alegaciones y los documentos.

¿Qué plazo tengo para contestar al Catastro?
El que indica la propia notificación, en días hábiles y contado desde el día siguiente a recibirla. Apunta la fecha de recepción: si se acerca el final del plazo, es mejor presentar algo y completarlo después que no contestar.

¿Qué pasa si no contesto al Catastro?
El procedimiento sigue y Catastro resuelve con los datos que tiene. En una regularización eso puede suponer incorporar la construcción, cambiar el valor y pagar la tasa de regularización catastral, de 60 €.

¿Por qué me ha llegado una carta del Catastro sobre mi finca?
Lo más frecuente es una regularización por construcciones que Catastro ha detectado y no estaban declaradas, una discrepancia de datos, un cambio de titular o una valoración. La carta dice qué procedimiento es; ahí empieza nuestra revisión.

¿Puedo recurrir lo que resuelva el Catastro?
Sí. Contra el acuerdo cabe recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes desde la notificación. Te ayudamos a decidir si merece la pena y con qué pruebas.

¿Me subirá el IBI?
Si Catastro incorpora una construcción o cambia el valor, el IBI se calcula sobre el nuevo valor catastral, y el ayuntamiento puede liquidar los años anteriores que no hayan prescrito.

Fuentes oficiales y revisión

Información revisada el 23 de septiembre de 2026. La aplicación concreta depende de la ubicación y del expediente.

Catastro · Asistente de comunicación ↗

Catastro · Guía de procedimientos electrónicos ↗

BOE · Ley del Catastro Inmobiliario ↗

Te ayudamos a ordenar el siguiente paso

Envíanos la notificación completa. Indica cuándo la recibiste para revisar el plazo y concretar la documentación pendiente.

Revisar un requerimiento de Catastro

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