Inicio / Licencias de obras en fincas y parcelas urbanas / PARCELAS · PREPARACIÓN DEL PROYECTO
¿Vas a construir y te han pedido un estudio geotécnico de la parcela? Te ayudamos a reunir los antecedentes y coordinar el encargo con el proyectista y el especialista que realizará el trabajo. El alcance, los trabajos de campo y el presupuesto se definen para tu terreno y la construcción prevista.
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El estudio geotécnico aporta información del subsuelo para que el profesional responsable pueda abordar la cimentación. El documento básico de seguridad estructural del CTE vincula su alcance con las características del terreno y del edificio previsto. Por eso interesa coordinarlo en una fase inicial del proyecto, antes de cerrar decisiones que dependan de esos resultados.
Para preparar la petición no basta con indicar la superficie de la parcela. Una vivienda con sótano, una ampliación o una construcción en una zona con desnivel plantean necesidades distintas que debe valorar el especialista. Si todavía estás decidiendo qué puede construirse, conviene empezar por el estudio documental de la situación urbanística.
Envíanos municipio, referencia catastral o ubicación exacta y los planos que tengas. Añade una explicación de la construcción prevista, sus plantas, la existencia de sótano y el estado del proyecto. Si ya trabaja un arquitecto u otro proyectista, su información ayuda a definir el encargo sin solicitar trabajos desconectados del diseño.
Comenta también cómo se accede al terreno, si hay edificaciones, instalaciones o zonas que no puedan ocuparse y quién puede autorizar la entrada. Las fotografías y los antecedentes disponibles facilitan la preparación de la visita. El especialista decidirá qué reconocimientos y ensayos necesita; la gestoría no fija una campaña técnica estándar para todas las parcelas.
La medición topográfica describe la geometría del terreno y puede aportar información útil al proyecto. El estudio geotécnico se ocupa de las condiciones del subsuelo relevantes para la obra. Si existe un problema de inundabilidad o afección de cauces, puede hacer falta además un estudio hidrológico e hidráulico, con otro objeto y alcance.
Un informe previo de una parcela cercana puede ser un antecedente, pero su utilidad para tu construcción la determina el profesional competente. Tampoco debe confundirse una comprobación urbanística con un reconocimiento del subsuelo. Separar estos encargos permite saber qué pregunta responde cada documento y cómo se incorporará al proyecto que vas a tramitar.
Podemos organizar los antecedentes, trasladar las necesidades del proyecto, solicitar una propuesta técnica y coordinar la documentación del encargo. Confirmamos la disponibilidad del especialista y los medios necesarios antes de contratar trabajos presenciales. El presupuesto debe identificar qué incluye la intervención de campo, el informe y la coordinación, además de cómo se valorarían necesidades adicionales.
El especialista competente realiza y firma el estudio; el proyectista incorpora sus conclusiones al trabajo que le corresponde. La Ley de Ordenación de la Edificación diferencia las funciones de los agentes intervinientes. Recibirás la documentación contratada y podremos ayudarte a mantenerla ordenada para el expediente. No realizamos los ensayos como servicio propio ni garantizamos una solución constructiva o una autorización municipal concreta.
¿Necesito un estudio geotécnico solo por comprar un terreno?
No debe encargarse automáticamente por cualquier compraventa. Cuéntanos la actuación prevista y qué información necesitas; el proyectista o especialista valorará si procede este estudio y con qué alcance.
¿Puedo utilizar el informe de la finca vecina?
Puedes aportarlo como antecedente si tienes derecho a utilizarlo. El especialista debe valorar su utilidad y las comprobaciones necesarias en tu parcela; no se presupone que sustituya el estudio de tu proyecto.
¿Se hace todo online?
La preparación y coordinación documental pueden realizarse a distancia. Los reconocimientos y ensayos que determine el técnico requieren los medios y trabajos de campo correspondientes, con disponibilidad y presupuesto confirmados.
Indica la ubicación de la parcela, qué quieres construir y si ya tienes proyectista. Con esa información podremos preparar la coordinación del estudio que necesite tu caso.
Fuentes oficiales consultadas el 24 de septiembre de 2026. El alcance concreto se determina según la documentación, la ubicación y el expediente.
Código Técnico de la Edificación · DB SE-C, apartado 3: estudio geotécnico ↗
BOE · Ley de Ordenación de la Edificación, funciones de los agentes ↗
620 00 11 66 · info@legalizatufinca.es
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